“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”
DS N° 129-2023-PCM https://n9.cl/nrchc
SEMESTRE ACADÉMICO 2024 - II
(19 DE AGOSTO - 06 DE DICIEMBRE2024)
Actualmente en la constante evolución del conocimiento científico, del conocimiento tecnológico y el conocimiento ambiental (concienciación ambientales) es de necesidad primordial el uso de una Blog web (bitácora digital), para los estudiantes, personal docente/dicente (directivo, docente, administrativo y de servicio) e interesados de conocer la realidad actual del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público "Mario Gutiérrez López" del Distrito de Orcotuna – Provincia de Concepción – Región Junín. Esta página está dirigido a los estudiantes matriculados en las unidades didácticas a mi cargo.
INSTRUCCIONES BÁSICAS DE USO DEL BLOG WEB:
- En la parte izquierda (en una PC) y parte superior derecha (en un smartphone o teléfono celular) encuentras menús de consulta y descarga gratuita, para cada alumno o persona interesada, el cual permanece constantemente actualizada hasta la culminación del presente semestre académico (publicando los promedios de cada alumno o alumna) luego, es reestructurada de acuerdo a las unidades didácticas a desarrollar en el siguiente semestre.
- Debe recordar que debe realizar informes a mi WhatsApp personal 975807822 las Actividades de Campo de asistencia obligatoria y enviar , trabajos de investigación básica, presentar sus cuadernos de anotaciones - resumen de cada clase desarrollada dentro y fuera de las aulas (manuscrito). Respecto a las evaluaciones: Inicial (1ra semana), Formativo (8va semana) y Sumativo (16va semana) es determinante en cada promedio parcial.
- En casos excepcionales de evaluaciones extemporáneas (fuera de la fecha) debe presentar su solicitud o FUT (FORMULARIO ÚNICO DE TRÁMITE) describiendo la razón y adjuntando las evidencias que dificultaron rendir o asistir al examen inicial o formativo o sumativo.
NORMAS ESPECÍFICAS SOBRE EVALUACIÓN EN IES:
- EL ESTUDIANTE DEBE TENER PRESENTE SOBRE EVALUACIÓN DE LA UNIDAD DIDÁCTICA A DESARROLLAR:
- El sistema de calificación es vigesimal y la nota mínima aprobatoria para la Unidad Didáctica es 13.
- Se considera aprobado el módulo, siempre que haya aprobado todas las unidades didácticas respectivas y la ejecución de las prácticas pre profesionales que corresponde a cada módulo respectivo.
- Los estudiantes podrán rendir evaluaciones de recuperación a fin de lograr la aprobación final de la Unidad Didáctica dentro del mismo periodo de estudios, considerando criterios de calidad académica y de acuerdo a los lineamientos establecidos en el reglamento institucional.
- La evaluación de recuperación se ejecutará mediante Jurado (Jefe de Unidad Académica, Coordinador del Programa de Estudios y el docente de la Unidad Didáctica) y será registrada en un Acta de Evaluación de Recuperación ejecutado inmediatamente después de finalizado con las labores académicas.
- La evaluación extraordinaria se aplica cuando el estudiante se reincorpora a sus estudios y tiene pendiente entre una (01) a dos (02) Unidades Didácticas para culminar el Plan de Estudios con el que cursó sus estudios, siempre que no hayan transcurrido más de tres (03) años. La Evaluación extraordinaria será registrada en un Acta de Evaluación Extraordinaria.
- Las Unidades Didácticas correspondientes a un módulo que no hayan sido aprobadas al final del periodo de estudios deberán volverse a llevar.
- Si el estudiante de la carrera profesional desapruebe tres (03) veces la misma UD será separado del IESTP.
ÍTEMS DE REFERENCIA SOBRE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE DE ACUERDO A LA R. V. M. No 277-2019-MINEDU-R
19.1. La evaluación es parte del proceso de aprendizaje, debe ser continua y basada en criterios e indicadores que valoren el dominio de los saberes prácticos como conocimientos teóricos.
19.2. La evaluación orienta la labor del docente y del estudiante, permite tomar decisiones sobre los ajustes a realizar sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje.
19.3. Los IES y EEST deben implementar mecanismos académicos que apoyen y comuniquen a los estudiantes de manera progresiva el nivel de logro alcanzado y establecen, de ser necesario, las propuestas de mejora para el logro de las capacidades de aprendizaje esperadas en la unidad didáctica,
19.4. Las unidades didácticas, correspondientes a un módulo que no hayan sido aprobadas al final del periodo académico, deberán llevarse nuevamente en los siguientes periodos antes de la conclusión de la ruta formativa del estudiante.
Los estudiantes que hayan desaprobado alguna unidad didáctica podrán matricularse en el siguiente periodo académico en las unidades didácticas que no se consideran como prerrequisito en el periodo académico anterior.
La institución debe establecen dentro de su reglamento institucional el proceso que le permita ai estudiante la continuidad de su ruta formativa
19.5. Para IES se considera aprobado el módulo formativo, siempre que se haya aprobado todas las unidades didácticas y experiencia formativa en situación real de trabajo correspondiente, de acuerdo al programa de estudios.
19.6. Para EEST se considera aprobado el módulo formativo, siempre que se haya aprobado todas las unidades didácticas vinculadas con las competencias específicas y de empleabilidad, y de ser el caso las competencias de investigación e innovación y experiencias formativas en situación real de trabajo.
19 7. La evaluación ordinaria se aplica a todos los estudiantes durante el desarrollo de las unidades didácticas. Durante este proceso, de ser necesario. los estudiantes pueden rendir evaluaciones de recuperación para alcanzar la calificación aprobatoria de la unidad didáctica, de acuerdo con Io establecido en el Reglamento Institucional del IES o EEST. En el caso de los IES o EEST públicos, la evaluación de recuperación será registrada en un acta de evaluación de recuperación.
19.8. La evaluación extraordinaria se aplica cuando el estudiante tiene pendiente una (01) o dos (02) unidades didácticas para culminar un plan de estudios, siempre que no hayan transcurrido más de tres (03) años. En el caso de Nos IES o EEST públicos, la evaluación extraordinaria será registrada en un acta de evaluación extraordinaria.
19.9. El sistema de calificación empleará una escala vigesimal y la nota mínima aprobatoria es trece (13) para las unidades didácticas y experiencias formativas en situaciones reales de trabajo. La fracción mayor o igual a 0,5 se considera a favor del estudiante.
19 10. Para los programas de estudios de formación dual y formación en alternancia, el proceso de evaluación, instrumentos y sistema de calificación es definido por el IES o EEST considerando los criterios establecidos en el presente acápite.
19 11. Los IES o EEST establecen en su Reglamento Institucional que el máximo de inasistencias no debe superar el treinta por ciento (30%) del total de horas programadas para el desarrollo de las unidades didácticas. En el caso de los IES o EEST privados esta disposición debe ser comunicada al inicio del desarrollo de la unidad didáctica.
19.12. El proceso de evaluación debe establecerse en el Reglamento Institucional y ser comunicado a los estudiantes antes del inicio de las clases.
Lic. RUBÉN HÉCTOR PARRA ACOSTA
Licenciado en Pedagogía y Humanidades
Especialidad de Ciencias Sociales e Historia
Técnico en Mecánica Automotriz
Con estudios en postgrado del 1er, 2do ciclo en Enseñanza de la Filosofía y Ciencias Socicales
UNCP
Con estudios en postgrado del 1er, 2do, 3er y 4to ciclo en Administración de la Educación U. C. V. - HYO
Programa de segunda especialización "Gestión de Recursos Naturales y Evaluación del Impacto Ambiental" - UNMSM
Programa de segunda especialización “Ofimática Avanzada en Aplicaciones en Internet” - UNMSM
EVIDENCIA HISTÓRICA DEL PUENTE "LA BREÑA"
INGRESO A HUANCAYO
(1937 - 2023)